Se votó este miércoles en el Parlamento facultar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por un año el seguro de paro para trabajadores de Lanera Piedra Alta.

Proyecto de Ley.

Articulo 1º - Facultase al Ministerio de Trabajo y seguridad Social a extender por razones de interés general y por plazo máximo de un año, el subsidio por desempleo de los trabajadores dependientes de las empresas Central Lanera Uruguaya y Lanera Piedra Alta S.A en los términos y condiciones que establezcan la o las correspondientes resoluciones de extensión.

Articulo 2º - La extensión del plazo que se otorgue en virtud de las facultades que se conceden en el articulo anterior, alcanzará a los trabajadores que aun contienen en el goce referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (articulo 6º y 10 del Decreto-Ley Nª 15.180, de 20 de Agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley Nª 18.399, de 24 de octubre de 2008).

La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio, en todos los casos.